Caso Cesar Ricardo Gonzalez
Cristian Miguel Rubiano
2 años y 5 de inhabilitacion
El juez de control santarroseño, Carlos Matías Chapalcaz, a través del procedimiento de juicio abreviado, condenó hoy a Cristian Miguel Rubiano a dos años de prisión en suspenso, y cinco de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículos con motor, como autor del delito de homicidio culposo ocasionado por la conducción antirreglamentaria de un vehículo automotor. La víctima fue César Ricardo González, de 33 años. Con las pruebas incorporadas al expediente, el magistrado dio por probado que el 13 de julio de 2014, a las siete de la mañana, “Rubiano circulaba a bordo de un Renault Megane por el carril central de la avenida Circunvalación Este, en sentido sur-norte, en Santa Rosa, y al llegar a la intersección con avenida Arturo Illía traspuso la misma con semáforo en luz verde a una velocidad aproximada de 66 kilómetros por hora, en estado de ebriedad (1,02 de alcohol en sangre), y embistió a César Ricardo González, quien se encontraba en proximidad de la encrucijada comenzando a trasponer la calzada, de este a oeste, en forma pedestre”. A raíz del impacto, González murió.
El abreviado fue convenido entre la fiscala María Cecilia Martini, el defensor particular Diego Alberto Masoero y el propio imputado, un árbitro de fútbol y estudiante de 29 años que admitió su culpabilidad.
El expediente tuvo dos querellantes particulares, la concubina de la víctima –y madre de cuatro hijos– y su madre. La primera concurrió a la audiencia de visu con su abogado, Sergio Sánchez Alustiza, y dio su consentimiento al acuerdo; la mamá, en cambio, no.
“Más allá del reconocimiento realizado por el imputado, al suscribir el acuerdo de juicio abreviado, considero que el hecho fue debidamente probado teniendo en cuenta la descripción coincidente – en cuanto a las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrió–, conforme se desprende de la prueba documental, testimonial e informativa”, señaló Chapalcaz en la sentencia. Y agregó: “Se ha probado el estado de intoxicación etílica en que se encontraba el conductor del rodado mayor al momento del hecho, el cual se desprende del informe de alcotest”.
Con respecto a la calificación legal, el magistrado indicó que se encuadró correctamente pues se acreditó “la conducción imprudente y antirreglamentaria de Rubiano, quien al mando de su vehículo en estado de ebriedad, no realizó maniobra de evasión o esquive ante la presencia de González, causándole su muerte”.
Las partes también convinieron que el acusado cumpla, durante dos años, con las siguientes reglas de conducta: fijar residencia, someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje, Orientación y Supervisión de personas en conflicto con la ley penal, y abstenerse de usar estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas.
En los juicios abreviados el juez no puede imponer penas superiores a las requeridas por el Ministerio Público Fiscal.